Con un total de 193 (ciento noventa y tres) nuevos efos presuntos, la autoridad hacendaria publicó hoy 02 de septiembre de 2016, la lista presunta número 32 (treinta y dos) contenida en el oficio 500-05-2016-32291 del 01 de septiembre de 2016 y su Anexo 1.

Ésta lista número 32 dentro de las presuntas, contiene:

– 45 Personas Físicas:

+ Hombres [28]

+ Mujeres [17]

– 148 Personas Morales:

+ Asociación Civil [3]

+ Sociedad Civil [21]

+ Sociedades Anónimas de Capitaariable, [105]

+ Sociedad Anónima Promotora de Inversión de Capital Variable [2]

+ Sociedad Cooperativa de Capital Variable [2]

+ Sociedad Cooperativa de Producción de Responsabilidad Limitada de Capital Variable [1]

+ Sociedad Cooperativa de Responsabilidad Limitada de Capital Variable [6]

+ SociedadesCooperativa Limitada [1]

+ Sociedad de Producción Rural de Responsabilidad Limitada [1]

+ Sociedades de Responsabilidad Limitada de Capital Variable [5], y

+ Sociedades de Responsabilidad Limitada Micro Industrial [1]

Los efos señalados corresponden a las siguientes entidades federativas: Aguascalientes [4], Baja California [7], Baja California Sur [4], Chiapas [1], Chihuahua [7], Coahuila [5], Colima [3], Ciudad de México [16], Guanajuato [10], Guerrero [6], Hidalgo [8], Jalisco [14], Michoacán [9], Morelos [1], Estado de México [2], Nayarit [1], Nuevo León [30], Oaxaca [10], Puebla [2], Querétaro [8], Quintana Roo [5], Sinaloa [5], Sonora [14], Tamaulipas [4], Tlaxcala [5], Veracrúz [10] y Yucatán [1].

Un dato importante es que la vía de notificación ejecutada por la Autoridad Hacendaria para dar a conocer el oficio particular presunto fue en 93 casos por Estrados y los restantes 100 de manera personal, presumiblemente por buzón tributario.

Los contribuyentes incluidos en el anexo 1 de dicho oficio, se han ubicado en la hipótesis jurídica contemplada en el primer párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación vigente, en tanto que han estado emitiendo comprobantes fiscales sin contar con el personal, activos, infraestructura o capacidad material sea directa o indirecta para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que amparan tales comprobantes fiscales, o bien, que dichos contribuyentes se encuentran no localizados; razón por la cual se presume la inexistencia de las operaciones amparadas en tales comprobantes.

Una vez que ha sido publicada esta lista en el Diario Oficial de la Federación, estos nuevos efos presuntos contarán con un plazo de 15 días hábiles para manifestar ante la autoridad hacendaria lo que a su derecho convenga con la intención de desvirtuar la presunción que hoy se les notifica o bien para corregir su situación fiscal.

Los contribuyentes mencionados son:

 

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