El sitio web del Diario Oficial de la Federación publicó hoy 23 de octubre de 2018 el oficio 500-05-2018-27096 de fecha 25 de septiembre de 2018, emitido por la Administradora Central de Fiscalización Estratégica Ady Elizabeth García Pimentel, a través del cual se da a conocer la lista número 10 de los contribuyentes que SI DESVIRTUARON la presunción de operaciones inexistentes o simuladas a que se refiere el primer párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, enlistando a 17 contribuyentes, como “desvirtuados”.
Es conveniente recordar que con la reforma al artículo 69-B del CFF que entró en virgor el pasado 25 de julio de 2018, se estableció como obligación, en su párrafo sexto, la obligación de publ
r de manera trimestal un listado de aquellos contribuyentes que hayan logrado desvirtuar la presunción de inexistencia de operaciones.No obstante lo anterior, el último párrafo del oficio publicado el día de hoy, dispone a manera de precisión lo siguiente:
“…se precisa que el hecho de que los contribuyentes señalados hayan desvirtuado específicamente los hechos consignados en el oficio de presunción y de resolución definitiva que motivó su publicación en el listado corrrespondiente, es únicamente en relación a los comprobantes fiscales señalados en el oficio de presunción que en su momento les fue notificado, estando a salvo las facultades de la autoridad fiscal en términos del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación en relación a los demás comprobantes fiscales que en su caso hayan emitido.”
Esto significa que si bien es cierto los contribuyentes mencionados en esta tercera lista lograron desvirtuar específicamente los hechos que se consignaron en el oficio particular presunto, ellos no los exime de la responsabilidad que en su caso pudieran tener en el futuro respecto de otros comprobantes fiscales que se hayan emitido sin contar con el personal, los activos, la infraestructura o la capacidad material directa o indirectamente para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que ampara esos otros comprobantes, por lo cual el fisco deja a salvo sus facultades.
La lista contiene los siguientes datos: