EL DÍA DE AYER 17 DE AGOSTO 2021 EL @SATMX PUBLICÓ EN LA PÁGINA GOB.MX LA LISTA DEFINITIVA #210 EN LA CUAL APARECEN #48 CONTRIBUYENTES ENLISTADOS.

El día de ayer 17 de agosto de 2021 se publicó, en el sitio web “GOB.MX”, el oficio general número 500-05-2021-25924 de fecha 16 de agosto de 2021. El oficio fue emitido por la Administradora Central de Fiscalización Estratégica CINTIA AIDEE JAUREGUI SERRATOS, que contiene el listado global definitivo en términos del artículo 69-B, párrafo cuarto del Código Fiscal de la Federación, esta lista es la #210, en dicha lista fueron enlistados 48 contribuyentes, mismos que fueron publicados en vista de que la autoridad considero que estos contribuyentes no sé presentaron a desvirtuar los hechos que se les imputaron en los oficios individuales de presunción.

Esto quiere decir que estos  contribuyentes como emisores de comprobantes fiscales no demostraron que contaban con el personal, los activos, la infraestructura o la capacidad material directa o indirectamente para realizar las operaciones que la Autoridad Hacendaria les presumió como inexistentes, por lo que, en términos de lo dispuesto por el tercer párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación se considera ahora que sus operaciones no producen ni produjeron efecto fiscal alguno.

Esta publicación en la página de internet del SAT, si bien formalmente no afecta desde ahora y de manera inmediata la validez de las operaciones amparadas en los comprobantes fiscales emitidos a favor de los contribuyentes que recibieron y le dieron efectos fiscales a esos comprobantes fiscales emitidos por estos contribuyentes enlistados; representa una situación importante y de riesgo para todos los contribuyentes que recibieron esos comprobantes; una vez que en el futuro próximo sea publicada esta misma lista en el Diario Oficial de la Federación, contarás con un plazo de 30 días hábiles para:

  • Acreditar ante la propia autoridad, que efectivamente adquiriste los bienes o recibiste los servicios que amparan los citados comprobantes fiscales, o bien;
  • Proceder en el mismo plazo a corregir tu situación fiscal, restándole los efectos fiscales que le hayas dado a esos comprobantes.
  • Caso contrario, la autoridad fiscal podrá ejercer sus facultades de revisión y en su momento determinar el crédito fiscal que corresponda; teniendo la potestad de considerar a esta operación como acto o contrato simulado para efectos de los delitos fiscales.

EL DÍA DE AYER 17 DE AGOSTO 2021 EL @SATMX PUBLICÓ EN LA PÁGINA GOB.MX LA LISTA DEFINITIVA #209 EN LA CUAL APARECEN #3 CONTRIBUYENTES ENLISTADOS.

El día de ayer 17 de agosto de 2021 se publicó, en el sitio web “GOB.MX”, el oficio general número 500-05-2021-25923 de fecha 16 de agosto de 2021. El oficio fue emitido por la Administradora Central de Fiscalización Estratégica CINTIA AIDEE JAUREGUI SERRATOS, que contiene el listado global definitivo en términos del artículo 69-B, párrafo cuarto del Código Fiscal de la Federación, esta lista es la #209, en dicha lista fueron enlistados 3 contribuyentes, mismos que fueron publicados en vista de que la autoridad considero que estos contribuyentes no se presentaron a desvirtuar los hechos que se les imputaron en los oficios individuales de presunción.

Esto quiere decir que estos  contribuyentes como emisores de comprobantes fiscales no demostraron que contaban con el personal, los activos, la infraestructura o la capacidad material directa o indirectamente para realizar las operaciones que la Autoridad Hacendaria les presumió como inexistentes, por lo que, en términos de lo dispuesto por el tercer párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación se considera ahora que sus operaciones no producen ni produjeron efecto fiscal alguno.
Esta publicación en la página de internet del SAT, si bien formalmente no afecta desde ahora y de manera inmediata la validez de las operaciones amparadas en los comprobantes fiscales emitidos a favor de los contribuyentes que recibieron y le dieron efectos fiscales a esos comprobantes fiscales emitidos por estos contribuyentes enlistados; representa una situación importante y de riesgo para todos los contribuyentes que recibieron esos comprobantes; una vez que en el futuro próximo sea publicada esta misma lista en el Diario Oficial de la Federación, contarás con un plazo de 30 días hábiles para:

  • Acreditar ante la propia autoridad, que efectivamente adquiriste los bienes o recibiste los servicios que amparan los citados comprobantes fiscales, o bien;
  • Proceder en el mismo plazo a corregir tu situación fiscal, restándole los efectos fiscales que le hayas dado a esos comprobantes.
  • Caso contrario, la autoridad fiscal podrá ejercer sus facultades de revisión y en su momento determinar el crédito fiscal que corresponda; teniendo la potestad de considerar a esta operación como acto o contrato simulado para efectos de los delitos fiscales.

En el @DOF de hoy, se publicó la lista de desvirtuados #10, contenida en el oficio Global 500-05-2018-27096 emitido por el @SATMX el 25sep2018, con un total de 17 #contribuyentes.

El sitio web del Diario Oficial de la Federación publicó hoy 23 de octubre de 2018 el oficio 500-05-2018-27096 de fecha 25 de septiembre de 2018emitido por la Administradora Central de Fiscalización Estratégica Ady Elizabeth García Pimentel, a través del cual se da a conocer la lista número 10 de los contribuyentes que SI DESVIRTUARON  la presunción de operaciones inexistentes o simuladas a que se refiere el primer párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, enlistando a 17 contribuyentes, como “desvirtuados”.

Es conveniente recordar que con la reforma al artículo 69-B del CFF que entró en virgor el pasado 25 de julio de 2018, se estableció como obligación, en su párrafo sexto, la obligación de publ

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POR 2° DÍA CONSECUTIVO EL @SATMX PUBLICA LISTAS PRESUNTAS, AHORA EMITIÓ LA #63, CON UN IGUAL NÚMERO DE CONTRIBUYENTES #EFOS PRESUNTOS.

 

Supuestamente desde el día 02 de octubre de 2018 fue publicada, la lista presunta número 63 contenida en el oficio general presunto número 500-05-2018-27118 del 02 de octubre de 2018 y su anexo 1, en la página "gob.mx", enlistando a 61 contribuyentes, cuando en realidad se publicó el día de hoy. Dicho oficio fue emitido por la Administradora Central de Fiscalización Estratégica Ady Elizabeth García Pimentel, tras considerar que los contribuyentes ahí mencionados, se han ubicado en la hipótesis jurídica contemplada en el primer párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, es decir, que han estado emitiendo comprobantes fiscales sin contar con el per Read more “POR 2° DÍA CONSECUTIVO EL @SATMX PUBLICA LISTAS PRESUNTAS, AHORA EMITIÓ LA #63, CON UN IGUAL NÚMERO DE CONTRIBUYENTES #EFOS PRESUNTOS.”

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